Entrada sobre el POAT:
Orden de 27 de julio de 2006, por la que se regulan determinados
aspectos referidos al Plan de Orientación y Acción Tutorial en los Institutos
de Educación Secundaria.
Definición
del POAT: constituye el instrumento pedagógico-didáctico que articula a medio y
largo plazo el conjunto de actuaciones del equipo docente, de un centro
educativo, relacionadas con los objetivos de la orientación y la acción
tutorial que, de manera coordinada, se propongan para las distintas etapas y enseñanzas
impartidas en el Centro en coherencia con las Finalidades Educativas del mismo,
incluidas aquellas relativas a la promoción de la Cultura de Paz y mejora de la
convivencia en los centros.
El Departamento de Orientación en colaboración
con los Tutores y Tutoras y siguiendo las directrices establecidas por el
Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica, elaborar el Plan de Orientación y Acción
Tutorial.
El POAT de los Institutos de ESO incluirá:
·
La Acción Tutorial: que es el conjunto de
intervenciones que se desarrollan con el alumnado, con las familias y con el equipo
educativo de cada grupo tendentes a favorecer y mejorar la convivencia en el
grupo, el desarrollo personal y la integración y participación del alumnado en
la vida del Instituto, realizar el seguimiento personalizado de su proceso de
aprendizaje, haciendo especial hincapié en la prevención del fracaso escolar y,
por último, facilitar la toma de decisiones respecto a su futuro académico y
profesional.
La organización de la acción tutorial tendrá
su concreción en el Plan Anual de Centro, dentro del apartado correspondiente a
la programación de las actividades de orientación y acción tutorial.
El tutor del grupo de clase será designado
siguiendo una serie de criterios, como que sea el profesor que tenga mayor
horario semanal con el grupo, y dedicara cuatro horas semanales a las tareas de
la tutoría.
·
Orientación académica y profesional: constituye el
conjunto de actuaciones realizadas con todo el alumnado del Centro tendentes a
favorecer el autoconocimiento de los alumnos y alumnas para que conozcan y
valoren sus propias capacidades, motivaciones e intereses de una forma ajustada
y realista, facilitar las estrategias para la toma de decisiones de los alumnos
y de las alumnas respecto a su futuro profesional y a la elección de un
itinerario académico ajustado a sus intereses, actitudes y capacidades, ofrecer
información sobre las distintas opciones formativas al término de la ESO y de
todas las otras enseñanzas que se impartan en el Centro al alumnado y a las
familias y ,por último, establecer los mecanismos para que el alumnado acceda al
conocimiento del mundo del trabajo, las ocupaciones y los procesos que
favorecen la transición a la vida activa, la inserción laboral y la formación a
lo largo de la vida.
La organización anual de la orientación académica
y profesional se incluirá en el Plan Anual de Centro dentro del apartado
correspondiente a la programación de las actividades de orientación y acción
tutorial. Su elaboración será responsabilidad compartida entre la Jefatura de
Estudios, el Departamento de Orientación y el profesorado que ejerce la tutoría.
·
Atención a la diversidad: el Plan de Orientación
y Acción Tutorial deberá recoger aquellos aspectos de la Atención a la
Diversidad relacionados directamente con el Departamento de Orientación.
La atención a la diversidad desde el
Departamento de Orientación incluirá, los objetivos generales para la atención
a la diversidad en relación con el Departamento, los criterios para la atención
del alumnado por parte de los distintos miembros de dicho Departamento, los
procedimientos para la coordinación y el asesoramiento al profesorado en las
medidas de atención a la diversidad, las actuaciones del Departamento de Orientación
en relación con las medidas de atención a la diversidad, la planificación y organización
de los apoyos, dentro y fuera del aula ordinaria, estrategias de colaboración
con las familias del alumnado beneficiario de las medidas de atención a la
diversidad, la organización y utilización de los recursos personales y
materiales de que dispone el Departamento de Orientación en relación con la atención
a la diversidad y, por último, los procedimientos para el seguimiento y la evaluación
de las actividades desarrolladas.
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