lunes, 13 de abril de 2015

POAT



Entrada sobre el POAT:
Orden de 27 de julio de 2006, por la que se regulan determinados aspectos referidos al Plan de Orientación y Acción Tutorial en los Institutos de Educación Secundaria.


Definición del POAT: constituye el instrumento pedagógico-didáctico que articula a medio y largo plazo el conjunto de actuaciones del equipo docente, de un centro educativo, relacionadas con los objetivos de la orientación y la acción tutorial que, de manera coordinada, se propongan para las distintas etapas y enseñanzas impartidas en el Centro en coherencia con las Finalidades Educativas del mismo, incluidas aquellas relativas a la promoción de la Cultura de Paz y mejora de la convivencia en los centros.

            El Departamento de Orientación en colaboración con los Tutores y Tutoras y siguiendo las directrices establecidas por el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica, elaborar el Plan de Orientación y Acción Tutorial.

            El POAT de los Institutos de ESO incluirá:

·         La Acción Tutorial: que es el conjunto de intervenciones que se desarrollan con el alumnado, con las familias y con el equipo educativo de cada grupo tendentes a favorecer y mejorar la convivencia en el grupo, el desarrollo personal y la integración y participación del alumnado en la vida del Instituto, realizar el seguimiento personalizado de su proceso de aprendizaje, haciendo especial hincapié en la prevención del fracaso escolar y, por último, facilitar la toma de decisiones respecto a su futuro académico y profesional.
La organización de la acción tutorial tendrá su concreción en el Plan Anual de Centro, dentro del apartado correspondiente a la programación de las actividades de orientación y acción tutorial.
El tutor del grupo de clase será designado siguiendo una serie de criterios, como que sea el profesor que tenga mayor horario semanal con el grupo, y dedicara cuatro horas semanales a las tareas de la tutoría.

·         Orientación académica y profesional: constituye el conjunto de actuaciones realizadas con todo el alumnado del Centro tendentes a favorecer el autoconocimiento de los alumnos y alumnas para que conozcan y valoren sus propias capacidades, motivaciones e intereses de una forma ajustada y realista, facilitar las estrategias para la toma de decisiones de los alumnos y de las alumnas respecto a su futuro profesional y a la elección de un itinerario académico ajustado a sus intereses, actitudes y capacidades, ofrecer información sobre las distintas opciones formativas al término de la ESO y de todas las otras enseñanzas que se impartan en el Centro al alumnado y a las familias y ,por último, establecer los mecanismos para que el alumnado acceda al conocimiento del mundo del trabajo, las ocupaciones y los procesos que favorecen la transición a la vida activa, la inserción laboral y la formación a lo largo de la vida.
La organización anual de la orientación académica y profesional se incluirá en el Plan Anual de Centro dentro del apartado correspondiente a la programación de las actividades de orientación y acción tutorial. Su elaboración será responsabilidad compartida entre la Jefatura de Estudios, el Departamento de Orientación y el profesorado que ejerce la tutoría.

·         Atención a la diversidad: el Plan de Orientación y Acción Tutorial deberá recoger aquellos aspectos de la Atención a la Diversidad relacionados directamente con el Departamento de Orientación.
La atención a la diversidad desde el Departamento de Orientación incluirá, los objetivos generales para la atención a la diversidad en relación con el Departamento, los criterios para la atención del alumnado por parte de los distintos miembros de dicho Departamento, los procedimientos para la coordinación y el asesoramiento al profesorado en las medidas de atención a la diversidad, las actuaciones del Departamento de Orientación en relación con las medidas de atención a la diversidad, la planificación y organización de los apoyos, dentro y fuera del aula ordinaria, estrategias de colaboración con las familias del alumnado beneficiario de las medidas de atención a la diversidad, la organización y utilización de los recursos personales y materiales de que dispone el Departamento de Orientación en relación con la atención a la diversidad y, por último, los procedimientos para el seguimiento y la evaluación de las actividades desarrolladas.

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